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Sobre el articulo 17 y la Ley de Glaciares aprobada


Este comentario pretende frenar las dudas de los compañeros que nos escriben sobre el artículo 17 que fuera eliminado del proyecto con media sanción en diputados.

El artículo 17 establecía la paralización de toda actividad en alta montaña hasta que el Instituto de glaciología (IANIGLA) terminara de hacer el inventario de glaciares en la cordillera (decía que "en las áreas potencialmente protegidas" por la ley "no se autorizará la realización de nuevas actividades hasta tanto no esté finalizado el inventario" de glaciares y de zonas periglaciales).
El artículo no paralizaba Pascua-Lama por ejemplo.

Ver nota completa de la UAC en Puerta E:
http://puertae.blogspot.com/2010/10/union-de-asambleas-ciudadanas-sobre-el.html

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